Violencias por razones de Género en entornos digitales

¿Qué son las violencias por razones de género?

Entendemos a las violencias por razones de género, como toda conducta, acción u omisión basada en una relación desigual de poder entre los géneros, que afecta (de manera directa o indirecta) la vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial y la seguridad de la persona hacia la cual va dirigida. La violencia es motivada por la condición de género de la persona contra la cual se ejerce.

Este ejercicio de la violencia se basa en una relación de poder asimétrica y desigual entre los géneros, que perpetúa la subordinación y desvalorización de las mujeres e identidades LGTBI+ (gays, lesbianas, trans, travestis y personas con identidades de género que no cumplen con la heteronorma) frente a lo que es considerado “masculino”.

Existen múltiples tipos y modalidades en la que se manifiestan dichas violencias.

Los tipos de violencia hacen referencia a las formas concretas en que se manifiestan las violencias: física, psicológica, sexual, económica, simbólica y/o política.

Mientras que las modalidades se refieren a los ámbitos donde éstas se materializan, pudiendo ser: doméstica, institucional, laboral, libertad reproductiva, obstétrica, mediática, en el espacio público, pública-política y digital.

¿Qué es la violencia de género en entornos digitales?

En el Programa Cuidarnos en Red abordamos la violencia de género en entornos digitales como una de las modalidades de violencia, teniendo en cuenta los lugares a través de los cuales esas violencias se pueden materializar.

Las violencias de género en entornos digitales se pueden expresar de múltiples maneras hacia mujeres y personas LGTBI+: en la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento, en el hackeo de cuentas, en la creación de perfiles falsos, en el hostigamiento digital, en la recepción forzada de imágenes íntimas, en el insulto, la descalificación, la intimidación, la censura,  las amenazas, el acoso, la extorsión, el escrache, los ataques coordinados, en el robo de información privada, en la descalificación permanente, en las face news y el destrato virtual.

Estas son algunas de las prácticas que podemos enmarcar dentro de las violencias de género en entornos digitales.

¿Qué es la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento en entornos digitales?

La difusión de imágenes íntimas sin consentimiento en entornos digitales refiere a la acción de divulgar fotografías, videos y/o filmaciones de carácter personal de mujeres y personas LGTBI+, sin el consentimiento de las mismas y a través de cualquier soporte o entorno digital (redes sociales, servicios de mensajería y todo medio social digital/virtual en el que se comparta o circule  información).

Este tipo de acciones conllevan la apropiación ilegítima de una imagen, ya que esta no pertenece a quién la posee, sino a quien aparece retratada en la misma. Por sus particularidades, la intencionalidad y las personas que generalmente se ven afectadas, constituye una modalidad de violencia por razones de género. La difusión no consentida de imágenes puede traer aparejada una exposición no deseada, hostigamiento, injurias, difamación, deshonra y/o humillación. Estas prácticas atentan contra la intimidad de las mujeres y de las personas LGTBI+, a través de la reproducción de patrones socioculturales sexistas. Aunque una persona haya consentido ser fotografiada o filmada, la haya enviado voluntariamente o haya subido una foto propia a un sitio privado, la difusión sin su consentimiento constituye una acción ilegítima: la posesión de una imagen de otra persona, no da derecho a difundirla.

¿Dónde se publican y viralizan sin consentimiento las imágenes íntimas?

La publicación y viralización de esas imágenes íntimas puede producirse en:

Sitios destinados al mundo adulto para conocer personas donde se crean perfiles falsos y luego se comparten las imágenes con extraños.

Redes sociales: Instagram, Facebook, Snapchat, Twitter, etc.

Sitios de videochat.

Whatsapp, Telegram y otros servicios de mensajería instantánea.

Sitios web de conocimiento de parejas.

Otras plataformas digitales.

¿Qué podemos hacer si difunden imágenes íntimas nuestras?

Podemos intimar a quien lo hizo de manera informal o a través de una Carta Documento para que las baje de los sitios y/o de las redes.

Si persiste la difusión de tus imágenes y/o se viralizaron, podemos denunciar en:

– Un Juzgado de Paz/de Familia para pedir que se bajen o retiren las publicaciones, y/o para que se dicten otras medidas de protección adecuadas a la situación.

– A un Juzgado Civil y Comercial para iniciar una acción por los daños y perjuicios que te generó la publicación y/o difusión, y pedir una medida para  que se bajen las imágenes de las redes sociales..

Si nos están amenazando y/o extorsionando con difundir imágenes, o nos piden algo a cambio para dejar de difundirlas, podemos hacer la denuncia en la Comisaría de la Mujer y la Familia más cercana a tu domicilio, o en cualquier Comisaría.

Para saber en qué Fiscalía va a tramitar la denuncia penal que hiciste, debemos preguntar en el lugar donde denunciamos. Podemos ir a esa Fiscalía para informarnos en qué estado está.